Datos de Contacto
Sede: Claustro de San Agustín, Centro Histórico, Calle de la Universidad Cra. 6 #36-100
Colombia, Bolívar, Cartagena
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El Modelo Estándar De Control Interno se ha formulado con el propósito de incorporar uniformidad de un Marco estándar del Control Interno para entidades del Estado. la Ley 87/93 une los conceptos básicos a un marco de control que la hace aplicable y a una estructura de control única que garantiza su obligatoriedad, fuerza vinculante y uniformidad en su implantación, y respetando las características específicas de cada entidad pública, aborda la dispersión conceptual existente; facilita la gestión administrativa del Estado con plena coordinación entre sus diferentes instancias y niveles, una administración transparente y efectiva en el cumplimiento de su función, para que así las entidades del Estado mejoren su desempeño institucional mediante el fortalecimiento de los procesos de evaluación y de control de calidad que deben llevar a cabo las instituciones a través del Control Interno. El Estado colombiano a través de la ley 872 del 2003, dio origen a la norma técnica de calidad NTC GP 1000:2004, que determina los requisitos que las entidades públicas deben cumplir para implementar en su interior el sistema de calidad (SGC) y el decreto 1599 del 2005 que adopta el modelo estándar de control interno (MECI) y proporciona a las entidades una estructura para el control de la estrategia, la gestión y la evaluación, al orientarlas hacia el cumplimiento de los objetivos propuestos.
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