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Sede: Claustro de San Agustín, Centro Histórico, Calle de la Universidad Cra. 6 #36-100
Colombia, Bolívar, Cartagena
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En el presente artículo de investigación se plantea como pregunta problema ¿Cuál es el estado de las tendencias jurisprudenciales y criterios de aplicabilidad del control difuso de convencionalidad en el caso colombiano? A partir del cual se busca hacer un análisis de la tendencia jurisprudencial adoptada por el Estado colombiano frente al control difuso de convencionalidad y los criterios de aplicación que la Corte IDH ha determinado para su utilización al interior de todos los Estados parte. Se concluye que el Estado colombiano ha decidido tomar una posición reacia respecto de la aplicabilidad del control difuso de convencionalidad, señalando por medio de su jurisprudencia que aplicarlo es contrariar el marco normativo nacional e incluso la misma supremacía constitucional. Situación que resulta contraria a la naturaleza del control de convencionalidad surgido a partir la interpretación de la CADH, lo que fundamenta la obligatoriedad frente a la cual los Estados – y especialmente Colombia para el caso en concreto – deben someterse, bajo el objetivo de efectivizar el pleno cumplimiento del corpus iuris convencional.
In this research article, the problem question is raised: What is the status of jurisprudential trends and applicability criteria of diffuse control of conventionality in the Colombian case? From which it is sought to make an analysis of the jurisprudential trend adopted by the Colombian State against the diffuse control of conventionality and the application criteria that the Inter-American Court has determined for its use within all the State parties. It is concluded that the Colombian State has decided to take a reluctant position regarding the applicability of diffuse control of conventionality, pointing out through its jurisprudence that applying it is contrary to the national regulatory framework and even constitutional supremacy itself. Situation that is contrary to the nature of the control of conventionality arising from the interpretation of the ACHR, which bases the obligation against which the States - and especially Colombia for the specific case - must submit, with the objective of making effective the full compliance with the conventional corpus iuris.
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