Datos de Contacto
Sede: Claustro de San Agustín, Centro Histórico, Calle de la Universidad Cra. 6 #36-100
Colombia, Bolívar, Cartagena
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Este trabajo lo enfocamos con base en la definición que nos propone la ley 387 del 18 de julio de 1997 que reza: es desplazado toda persona que se ha visto forzada a migrar del territorio nacional, abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, por que su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personal han sido vulneradas o se encuentran amenazadas con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario u otras circunstancias emanadas de alguna de las situaciones anteriores que pueden alterar el orden público.
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