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Sede: Claustro de San Agustín, Centro Histórico, Calle de la Universidad Cra. 6 #36-100
Colombia, Bolívar, Cartagena
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Se ha logrado hacer un estudio pormenorizado de la reglamentación novedosa del procedimiento monitorio en Colombia, en el que se abordan temas y subtemas como los requisitos, las condiciones, el trámite del procedimiento monitorio reglamentado por el legislador colombiano en el Código General del Proceso. De igual forma se han dado respuesta a las aplicaciones y aspectos prácticos del procedimiento monitorio en el país, se ha logrado analizar el marco legal de dicho procedimiento y un breve recuento histórico desde sus orígenes en Italia y países europeos hasta su paso a América y llegada final y tardía a tierras colombianas en donde entrará a regir en el año 2.014. Incluso se han desarrollado aspectos procesales más allá de la propuesta inicial planteada que tocan con el trámite posterior a las objeciones del demandado con la intimación o monición efectuada en el requerimiento monitorio judicial al demandado, y lo que toca con la ejecución de la sentencia monitoria favorable a las pretensiones del actor que obliguen coactivamente al deudor demandado al cumplimiento de lo adeudado y sentenciado por el juez en su fallo. Por último se puede decir que se logró hacer una comparación entre el procedimiento monitorio reglado en el Europa y países de dicho continente con el establecido por la ley 1564 de 2.012. De igual forma se hizo un comparativo del monitorio con otros procedimientos y su utilidad y ventajas al momento de cobrar deudas impagadas de mínima cuantía que no consta en documento con mérito ejecutivo.
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