Datos de Contacto
Sede: Claustro de San Agustín, Centro Histórico, Calle de la Universidad Cra. 6 #36-100
Colombia, Bolívar, Cartagena
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La igualdad consignada en el artículo 13 de la Constitución Política de 1991, significó el reconocimiento expreso de los derechos a personas y grupos tradicionalmente discriminados y marginados. Así como a aquellos que por su condición económica, física o mental se encuentran en situación de debilidad manifiesta, como es el caso de las personas que tienen algún tipo de discapacidad. En obedecimiento a esta normativa constitucional el Estado debe procurar que los derechos de estas personas sean los mismos que gozan aquellas que no tienen limitación alguna.
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