Datos de Contacto
Sede: Claustro de San Agustín, Centro Histórico, Calle de la Universidad Cra. 6 #36-100
Colombia, Bolívar, Cartagena
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34015 Con el artículo 90 de la constitución política, se establece que el estado debe responder patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas, basándose en el principio de igualdad ante las cargas públicas, en el sentido de que nadie puede soportar más perjuicios de parte del estado.
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