Silvia Lozano CastroAyola Escallón Christian EduardoBlanco Batista Roxana2025-02-132025-02-132024https://hdl.handle.net/11227/18792En la constitución de 1991 se propone una reestructuración en la mayoría de los aspectos que atañen a la sociedad, de los cuales se pueden destacar el político con el paso de un Estado de Derecho a un Estado Social de Derecho donde priman la defensa de la dignidad humana y las garantías de protección no solo individuales, sino además en colectivo, y se añaden principios constitucionales que son llamados fundantes del nuevo modelo estatal. Seguidamente, el aspecto económico que trae consigo el reconocimiento de los derechos de segunda y tercera generación derivados del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 6 . Por otro lado, el constituyente les brinda a los ciudadanos, facultades para exigir directamente la garantía de sus derechos fundamentales, específicamente, la Acción de Tutela consagrada en el art. 86 de la Constitución Política7 .60 Paginasapplication/pdfspaDerechos reservados, Universidad de Cartagena.https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0/Análisis crítico a la regla Constitucional Fiscal Colombiana desde la óptica del Public Choice un estudio de los derechos a la salud y educación desde el año 2010 al 2022 y su impacto en el presente.Trabajo de grado - PregradoAtribución-NoComercial 4.0 Internacional (CC BY-NC 4.0)http://purl.org/coar/access_right/c_abf2info:eu-repo/semantics/openAccessInvestigación educativaEducación - LegislaciónDerecho humano a la salud