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dc.contributor.advisorQuintero Lions, Josefina Del Carmen (Asesor)
dc.contributor.advisorNavarro Monterroza, Angélica (Asesor)
dc.contributor.authorLaguna Méndez, Alexander David
dc.contributor.authorCastellar Figueroa, Damián
dc.date.accessioned2014-10-03T14:35:56Z
dc.date.available2014-10-03T14:35:56Z
dc.date.issued2013
dc.identifier.citationT342.2861 / L138es
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/11227/932
dc.identifier.urihttp://dx.doi.org/10.57799/11227/5102
dc.descriptionTesis (Abogado) -- Universidad de Cartagena. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 2013.es
dc.description.abstractLa protección del Derecho a la Salud mediante la Acción de Tutela no ha tenido un recorrido fácil, como bien se explicó en el contenido del presente documento el Derecho a la Salud no es como tal un derecho fundamental propiamente dicho, al respecto la Corte Constitucional mediante sentencia 760 del 2008 establecía bajo cuales circunstancias se puede amparar el Derecho a la Salud como un derecho fundamental, aunque con anterioridad a esta sentencia muchos invocaban conexidad con otros derechos para poder ejercer la veloz acción. La tutela sigue siendo el mecanismo judicial al que más recurren la población colombiana para hacer efectivos sus derechos, entre ellos el de la salud. Con la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, la tutela se convirtió en uno de los mecanismos principales para reclamar los servicios de salud Inicialmente el Derecho a la Salud se amparaba mediante el mecanismo de Acción de Tutela ya que se pedía en conexidad con el derecho a la vida. En el año 2004 el Derecho a la Salud tuvo un alza en la Acción de Tutela en conexidad con el derecho a la vida y el derecho de petición. En el periodo que comprendido entre 2006 y 2008 empezó a ser el derecho mas invocado, alcanzando en el 2008 el 41,5% de los derechos invocados en la Acción de Tutela El incremento de la interposición de la Acción de Tutela para la salvaguarda del Derecho a la Salud se debió a expedición de la Sentencia T-760 del mismo año, en la que estableció órdenes dirigidas a las entidades competentes, destinadas a lograr la efectiva protección del Derecho a la Salud y se ratificó la procedencia del amparo del Derecho a la Salud mediante la Acción de Tutela, lo que permite que la acción ampare el derecho no solo mediante la conexidad con el derecho a la vida u otros derechos fundamentales. Entre los años 2009 y 2010, hubo una disminución de la interposición de la Acción de Tutela amparando el Derecho a la Salud, lo que da indicios de los posibles objetivos alcanzados de la sentencia 760 del año 2008. En el año 2011 hubo un aumento en la interposición de tutelas para reclamar servicios de salud alcanzando un 12,11%, aunque es una cifra relativamente baja en comparación con el año 2008. Este hecho desalienta en cuanto a la aplicación progresiva de los mandatos hechos por la corte Constitucional en la sentencia 760 de 2008. En 2011 se interpuso el mayor número de tutelas desde la existencia de esta acción judicial, aumentando en un 0,49% en comparación con años anteriores. Acción Social, Seguro Social Pensiones y juzgados y tribunales son las entidades con el mayor número de tutelas en Colombia. Las entidades privadas a nivel general siguen siendo las más tuteladas, destacándose, Coomeva (4,2%), Nueva Eps (2,5%) y Saludcoop (2,1%). En las decisiones judiciales predomina el favorecimiento de los derechos tutelas por el accionante. Para el año 2001 el 84,4% de las decisiones judiciales en primera instancia los favorecieron. Las tutelas interpuestas para que se le prestaran los servicios a los usuarios comprendían desde medicamentos, consultas, cirugías, tratamientos, exámenes, comprendidos y no comprendidos en el POS, retiros injustificados de las entidades, negativa a la asignación de citas etc. Por último concluimos que es evidente los aportes hechos por el mecanismo judicial de la Acción de Tutela en la salvaguarda del derecho a la salud, ya que de todas las contingencias que puede enfrentar la población colombiana el cuidado de la salud y el perfeccionamiento del Sistema de Seguridad Social debe ser una prioridad, teniendo en cuenta que la salud está estrechamente ligada con el primer derecho fundamental que ampara nuestra Constitución Política que es la vida y más aun el derecho a una vida digna.es
dc.format.mediumapplication/pdf
dc.language.isospaes
dc.publisherUniversidad de Cartagenaes
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
dc.subjectDerecho constitucionales
dc.subjectAcción de tutela - Colombiaes
dc.titleEl Sistema de Seguridad Social en Salud en Colombia y la Acción de Tutelaes
dc.typeTrabajo de grado - Pregradospa
dc.rights.accessopenAccess


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