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dc.contributor.authorMatson Figueroa, Eduardo
dc.date.accessioned2018-05-28T16:34:03Z
dc.date.available2018-05-28T16:34:03Z
dc.date.issued1965
dc.identifier.citationT346.2 / M17aes
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/11227/6528
dc.identifier.urihttp://dx.doi.org/10.57799/11227/5145
dc.descriptionTesis (Abogado) -- Universidad de Cartagena. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 1965.es
dc.description.abstractA efecto de establecer cuando la mujer ha sido sujeto de derechos y obligaciones, es menester volver los ojos a los tiempos primitivos, al origen de la sociedad, no obstante que sólo nos ocupemos, de manera amplia, de la formación, desarrollo y estructuración de las relaciones humanas. Todos reconocemos que al inicio de los tiempos el ser humano, como miembro elemental de una sociedad, también elemental en la cual el único problema que se le presentaba era el de la subsistencia, frente a la naturaleza y a sus semejantes; no tenía por tanto, apremio para ejercitar sus incultas capacidades mentales a fin de procurarse la manera de vivir. No tenía, por ejemplo, que cultivar la tierra porque de ella recogía los frutos que espontáneamente producía. Lo anterior lo complementaba, con la práctica de la pesca y la cacería, actividades que le proporcionaban un sustento congruo. Esta forma tan fácil de vida trajo como ineludible consecuencia la vida nómada del hombre, quien se trasladaba de un sitio a otro en busca del sustentos; se guarecía del sol y de las lluvias de bajo de cualquier elemento que estuvieran a su alcance. Pero a medida que la especie humana fue creciendo, en la misma proporción aumentaron también sus necesidades, y fue necesario entonces apelar al concurso mutuo, para poder dar solución a los complejos problemas que el desarrollo creciente de la población iba trayendo como secuela natural. Debemos anotar que el estado nómade trajo como consecuencia la promiscuidad de sexos. Las mujeres pertenecían al primer hombre que las deseara, el cual, una vez satisfecho su instinto sexual seguía su camino dejando la mayoría de las veces en el vientre de la mujer su aporte a la perpetuación de la especia. Entonces la mujer tenía que bastarse por sí misma y debía demás, por elemental llamada de su instinto, ser ella sola cuidadora de sus hijos; quien les buscaba alimentos a sitios más propicios, quien le daba el calor de su cuerpo cuando el frio los atormentaban, y en quien en fin, encontraba el único sostén de su vida. Así las cosas hallamos como primera manifestación de la social, de la vida familiar, que fue en cabeza de la mujer en quien reposó en los primeros tiempos la responsabilidad de la incipiente comunidad. Era ella quien trazaba las normas de conducta a que debían someterse los miembros de su familia, quien diría los conflictos que se presentaban entre ellos, y quien administraba todos los asuntos de la comunidad. Es a este sistema al que los sociólogos denominaban el período patriarcal.es
dc.format.mediumapplication/pdf
dc.language.isospaes
dc.publisherUniversidad de Cartagenaes
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
dc.subjectMujeres e hijoses
dc.subjectMujeres - Aspectos jurídicoses
dc.subjectMujeres - Aspectos jurídicos - Colombiaes
dc.subjectDelitos sexualeses
dc.titleLa mujer y el régimen de bienes matrimoniales
dc.typeTrabajo de grado - Pregradospa
dc.rights.accessopenAccess


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