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dc.contributor.advisorCarrillo de la Rosa, Yezid (Asesor)
dc.contributor.authorCristancho Vargas, Nixon
dc.date.accessioned2015-08-06T20:07:05Z
dc.date.available2015-08-06T20:07:05Z
dc.date.issued2010
dc.identifier.citationT340.11 / C868es
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/11227/1339
dc.identifier.urihttp://dx.doi.org/10.57799/11227/5204
dc.descriptionTesis (Abogado) -- Universidad de Cartagena. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 2010es
dc.description.abstractLa primera conclusión a la que llegamos en este trabajo es la que la teoría de la argumentación jurídica de Alexy tiene como principal soporte y referente la teoría de la acción comunicativa y la teoría ética del discurso de Habermas. Aunque Alexy no se refiere directamente a la teoría de la acción comunicativa, nosotros concluimos que si existe una relación estrecha entre esta teoría y la de él, en la medida en que la teoría de la acción comunicativa desarrolla un concepto de racionalidad comunicativa que abre las posibilidades para la discusión de cuestiones practico morales y el establecimiento de acuerdos racionales sobre cuestiones de rectitud normativa (verdad y veracidad). Aunque es como pragmática universal que la teoría de la acción comunicativa guarda más afinidad con la teoría de la argumentación jurídica; las razones, por ejemplo, que se pueden aducir en el proceso de comunicación y sus presupuestos nos recuerdan algunas reglas del discurso de la teoría de Alexy. Pero es sin duda la teoría ética del discurso la que revela de una manera más notoria su relación con la teoría de este autor. La exigencia en la fundamentación de la ética del discurso de la presencia de un principio general que haga las veces de regla de argumentación se identifica con una de las reglas del discurso de Alexy, así como los presupuestos que hacen los participantes en una argumentación y que reflejan una situación ideal de habla, encajan dentro de las condiciones idealizantes que contemplan las diferentes reglas del discurso del enfoque alexyano. Si por el alto contenido idealizante los presupuestos universales de la argumentación en la teoría ética del discurso habermasiana no son fáciles de cumplir, lo mismo podría decirse de las reglas del discurso de la teoría de Alexy, puesto que ellas solo pueden cumplirse de manera aproximada por la misma razón. La segunda conclusión a la que arribamos es la de que la teoría del discurso de Alexy es una teoría procedimental de la corrección práctica. Las notas definitorias de este procedimiento es el de que asume una dimensión multiparticipativa de carácter dialógico (o monológico), permite un número ilimitado de participantes, impone un grupo de reglas y condiciones, y es modificable. En este sentido cabe decir que un discurso práctico es racional cuando en él se llenan las condiciones de argumentación práctica racional, y si se satisfacen esas condiciones el resultado del discurso es correcto. La interpretación de la razón como argumentación significa en este contexto una procedimentalización que, sin embargo, no excluye todo contenido normativo (ATIENZA: 2001, 35). La tercera conclusión a la que comparecemos es la de que la teoría de Alexy solo puede ser puesta en práctica solo de manera aproximada dado el contenido altamente idealizante de las condiciones que incorporan las reglas del discurso. Pero aun así nos sirve como pauta para la comprensión de la materia jurídica local. Hemos llegado a la conclusión finalmente de que en sus fallos los operadores jurídicos en nuestro medio usan de manera quizás inconsciente o implícitamente algunas de las reglas de la teoría del discurso de Alexy. Las más usadas son las reglas de razón, que exigen la fundamentación de toda afirmación o decisión que se adopte, así como las reglas sobre cargas de la argumentación, que reclaman una justificación racional cuando se trata a lo igual en forma distinta o cuando se rechaza una determinada fundamentación. Pero probablemente el principio que más utilizan nuestros decisores es el de la universabilidad, que exige tratar de igual manera lo igual; ello debido quizás a que las peculiares condiciones que se viven en nuestra sociedad así lo reclaman.es
dc.format.mediumapplication/pdf
dc.language.isospaes
dc.publisherUniversidad de Cartagenaes
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
dc.subjectInterpretación del derechoes
dc.subjectDerecho - Teoríases
dc.titleUna aproximación a la teoría de la argumentación jurídica de Robert Alexyes
dc.typeTrabajo de grado - Pregradospa
dc.rights.accessopenAccess


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