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dc.contributor.advisorCarrillo de la Rosa, Yezid (Asesor)
dc.contributor.authorMorón Campos, Miguel Antonio
dc.date.accessioned2015-08-06T15:48:35Z
dc.date.available2015-08-06T15:48:35Z
dc.date.issued2011
dc.identifier.citationT343 / M828es
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/11227/1329
dc.identifier.urihttp://dx.doi.org/10.57799/11227/4548
dc.descriptionTesis (Abogado) -- Universidad de Cartagena. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 2011es
dc.description.abstractLos procesos de criminalización obedecen a los mecanismos utilizados por las agencias (directas o indirectas) para enfatizar en primera medida la vida que se debe vivir (protección de bienes jurídicos en la parte especial) y las consecuencias generadas en el momento que se aleja de esa forma de existencia (confiscación y exclusión de la sociedad). La criminalización la regla general se traduce en la selección (a) por hechos burdos o groseros (la obra tosca de la criminalidad, cuya detección es más fácil); y (b) de personas que causen menos problemas (por su incapacidad de acceso positivo al poder político y económico o a la comunicación masiva). En el plano jurídico, es obvio que esta selección lesiona el principio de igualdad, que no sólo se desconoce ante la ley, sino también en la ley, o sea que el principio de igualdad constitucional no sólo se viola en los fundamentos de la ley sino también cuando cualquier autoridad hace una aplicación arbitraria de ella. 2. La politica criminal se torna populista para calmar la inseguridad de los corazones de aquellos que tienen que proteger algo. El proposito del populismo pena es situar a las victimas en el centro del escenario politico, tal proposito supone un carácter igualitario, pero en ultimas legitima toda una serie de actividades que desbordan los limites constitucionales de quienes son objeto de criminalizacion. Aquí la falsa tension entre mayor pena para el reo, mayor reparacion para la victima. La politica criminal en colombia ha respondido a mantener la falsa ilusion de seguridad reafirmando la primacia del derecho penal, ubicandolo como el mesias social legitimo para la solucion de todos los problemas y contradicciones generados por un sistema excluyente y rotulador. Una politica criminal que se improvisa al infinito y que no soporta las cargas de una sociedad que exige mas estabilidad social. 3. El desarrollo discursivo del derecho penal de enemigo se ha construido bajo el paradigma eficientista cargado de populismo en tanto discurso de seguridad. Esto ha conllevado a que se construya un derecho penal basado en la enemistad. El modelo eficientista de enemigo constituye una fragmentación del criterio de eficiencia que se reparte en todos los espacios del discurso que legitimo que porta el poder punitivo, asentados sobre la visión de derechos y garantías, concebidos como abstractos para la idea de eficiencia/celeridad que promete el sistema penal. se trata de modelos de respuesta punitiva ligados a un uso instrumental y perverso en el cual la figura de la detención preventiva se aplica como condena anticipada, modelos que restringen garantías adquiridas y que proyectan al control judicial como un control formal privilegiando los medios sobre los fines. 4. El enemigo es sobre todo una construcción que obedece a una decisión que lo establece como tal, a una definición. Es un significante vacio que constituye una particularidad en tanto lucha contra el delito y que se muestra como el elemento excluido de la estabilidad social. 5. La tendencia entre los juristas es ver a la teoria del delito (todos sus elementos) como una construccion discursiva neutral que obedece a un criterio interpretativo de la ley, dejando de lado que toda construccion legislativa obedece a una lucha politica sobre que y que no debe ser castigado, y por tanto, a quienes se deben castigar (de aquí el poder de selección del derecho a castigar). En este sentido, aunque la ley muestre un carácter de neutralidad e igualdad (criterios con los que se construye la autoria) no se le puede separar su carácter ideologico y rotulador. La teoria del delito, o el discurso por el cual se aplica el castigo, no solo queda preso por esta cadena discursiva de poderes, sino que a si mismo reproduce nuevos micropoderes que terminan constituyendo nuevas subjetividades que en un inicio estaban por fuera del proceso de criminalizacion primaria.es
dc.format.mediumapplication/pdf
dc.language.isospaes
dc.publisherUniversidad de Cartagenaes
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
dc.subjectDerecho penal - Legislación - Colombiaes
dc.titleEl carácter político de la autoría en materia penal. Invención y legitimación en la legislación penal colombianaes
dc.typeTrabajo de grado - Pregradospa
dc.rights.accessopenAccess


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