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dc.contributor.advisorLozano Castro, Silvia (Asesor)
dc.contributor.authorRamos Lorduy, Triana Patricia
dc.date.accessioned2015-08-03T20:12:05Z
dc.date.available2015-08-03T20:12:05Z
dc.date.issued2013
dc.identifier.citationT341.2 / R147es
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/11227/1308
dc.identifier.urihttp://dx.doi.org/10.57799/11227/5159
dc.descriptionTesis (Abogado) -- Universidad de Cartagena. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Programa de Derecho, 2013es
dc.description.abstractDada la apertura económica en la que se encuentran las economías mundiales en la actualidad, sus normas jurídicas protegen e impulsan éstas circunstancias de liberalización. Sin embargo, para esa apertura es necesario tener en cuenta conceptos tales como equilibrio, igualdad, reciprocidad en las obligaciones contraídas en los acuerdos sobre libre comercio y desarrollo económico, si bien es cierto son aspectos importantísimos, no se cumplen. Sabemos que el gobierno colombiano, liderado por Álvaro Uribe Vélez decidió negociar un Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, con el fin de lograr la apertura del mercado norteamericano y fomentar la inversión extranjera, bajo el supuesto económico de que a mayor exportación, mas producción y a mayor producción, más y mejores empleos, lo cual no resultó del todo cierto, porque este tipo de tratados no garantizan el acceso a mercados externos, esto depende de la capacidad exportadora y de la competitividad del país; desafortunadamente Colombia no cuenta con ninguna de estas cualidades; en primer lugar, porque la capacidad de producción en nuestro país es muy bajo, corresponde solo a la cuarta parte de la producción de Estados Unidos; otro factor es la poca infraestructura con la que cuenta nuestro país para afrontar este nuevo reto, no contamos con vías adecuadas para transportar los productos, tampoco con la capacidad necesaria técnicamente hablando de los puertos, maquinaria, bodegas, puentes y demás elementos integrales para el desarrollo efectivo del TLC. Los anteriores no son los únicos inconvenientes que el país tendrá que superar, también está el grave daño que sufrirá el sector salud, esto porque las grandes empresas farmacéuticas norteamericanas lograron aumentar el tiempo de protección de las patentes por encima de lo establecido en la organización mundial del comercio, lo que a su vez trae un incremento de los precios al consumidor, dificultando aún más el acceso a los medicamentos de la población con poca capacidad económica. El gobierno intentó restarle importancia al problema diciendo que este se solventaría mediante reglamentaciones internas, pero esto no se dará fácilmente, debido a la existencia de la cláusula de anulación y menoscabo y la figura de las expropiaciones indirectas, también acordadas en el TLC, las cuales pueden generar conflictos entre la normatividad interna y los beneficios económicos esperados por los inversionistas que deben ser resueltos, no por la jurisdicción nacional, sino por tribunales de arbitramento, que no son conocidos precisamente por ser imparciales, ni por tener un criterio unificado al momento de decidir conflictos inversionista-Estado. En síntesis, el TLC negociado entre Colombia y Estados Unidos, no posee en realidad un grado de equilibrio, porque este no fue negociado ni en justicia, ni en equidad real y efectiva. Lo que verdaderamente ocurrió fue que Colombia aceptó todas y cada una de las condiciones impuestas por Estados Unidos, comprometiendo nuestra soberanía jurídico-económica como Estado. De igual forma este tratado, no consultó las necesidades de desarrollo y protección de derechos fundamentales, propios del Estado Social de Derecho de nuestro país. En este orden de ideas dicho tratado resultó inconveniente porque puede afectar seriamente la estabilidad económica-social en Colombia, y si bien es cierto la Constitución Política apoya la integración económica, se propone, que para que haya un desarrollo eficaz de la riqueza de Colombia, se tengan en cuenta no sólo la teoría, sino la práctica, bajo la lupa de fundamentos filosóficos, politicos e históricos. La globalización de una economía no es retroceso al contrario es progreso, pero si se sigue de acuerdo a los lineamientos más favorables para el Estado Social de Derecho que preconizó la Carta del 91.es
dc.format.mediumapplication/pdf
dc.language.isospaes
dc.publisherUniversidad de Cartagenaes
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
dc.subjectTratado de libre comercioes
dc.subjectDerecho constitucionales
dc.titleAnálisis de constitucionalidad del tratado de libre comercio (TLC) entre Colombia y los Estados Unidos ( Salud-Patentes, expropiaciones indirectas, cláusulas de anulación o menoscabo y tribunales de arbitramento internacional )es
dc.typeTrabajo de grado - Pregradospa
dc.rights.accessopenAccess


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